¿Conoces la diferencia entre «Warranties», «Guarantees» y «Securities»?

Sí, sí, son garantías, ya. Y todas ellas aparecen a menudo en los contratos redactados en inglés. Pero ¿sabes de verdad en qué se diferencian unas de otras? ¿Para qué sirven y qué consecuencias tienen? Sigue leyendo y te lo contamos.

Si asesoras a tus clientes en sus operaciones internacionales es muy probable que te encuentres con contratos redactados en inglés que incluyen estos conceptos.

Los contratos internacionales están plagados de cláusulas que aluden a diferentes tipos de garantías. Debes tener cuidado en no confundirlas. Comprender bien su significado resulta esencial para conocer el alcance de las obligaciones que asumirá tu cliente al firmar el contrato.

Las diferencias no son tan obvias como parece y los diccionarios no resultan muy útiles para aclararlo.

Warranties

Comenzaremos explicándote qué son las warranties.

El término warranty se refiere a las garantías propias de cada contrato que resultan esenciales a este. A través de ellas, se garantiza algo en el marco de dicho contrato.

Así las define el Oxford Dictionary of Law:

“A warranty is a term or promise in a contract, breach of which will entitle the innocent party to damages but not to treat the contract as discharged by breach”.

Un ejemplo de garantía contractual es la llamada warranty of fitness for a specific purpose, mediante la cual se asegura que el bien o servicio vendido es apto para un determinado fin.

 

Guarantees

Por otro lado, las guarantees son garantías secundarias, accesorias al contrato que, generalmente, se plasman en un contrato o documento independiente.

Se suele definir como una garantía secundaria por la cual una persona (el garante o guarantor) asume la responsabilidad de llevar a cabo alguna acción, por ejemplo, pagar la deuda o una determinada cantidad en nombre del deudor u obligado principal (principal debtor) en caso de incumplimiento de este último.

Un ejemplo muy conocido de este tipo de garantías sería el clásico aval bancario, denominado bank guarantee.

Security / Securities

Por último, tenemos los términos security y secutiry interest, que también se pueden traducir por garantía, pero que equivalen a lo que en Derecho español conocemos como garantía real.

Este término (security) posee, sin embargo, dos acepciones muy diferentes en lenguaje jurídico-financiero que es importante no confundir. Por un lado, se emplea el término security para referirse tanto a los títulos de renta variable (acciones) como de renta fija (bonos u obligaciones) que emiten las empresas u otras organizaciones para financiarse. Por otro lado, y ésta es la acepción que ahora nos interesa, se emplea para referirse a una garantía respaldada por un bien o un activo, esto es, una garantía real.

Nota*: el término security, en singular, puede equivaler tanto a valores o títulos valores como a garantía real. Hay que estar atentos al contexto y al documento donde aparece para elegir la opción correcta. Pero en plural (securities) solo pueden ser valores, pues security entendido como garantía real, es un nombre incontable en inglés que no admite el plural. Para referirnos a las garantías reales, en plural, tenemos que emplear la expresión security interests.

* Le agradecemos a Tom West que nos advirtiera sobre este importante matiz.


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2 Comments
  • Tom West
    Posted at 15:58h, 28 marzo Responder

    Cabe destacar que las garantías reales reciben el nombre de “security interests” en inglés. El término “securities” se refiere a otra cosa: los títulos valores. Así que está equivocado decir que “garantías reales” son securities. El término adecuado es “security interests” v.gr. “The lender has a security interest in the car that I bought.”

    • Traducción Jurídica
      Posted at 15:55h, 12 abril Responder

      Muchas gracias, Tom, por tu valiosa aportación. Ya hemos actualizado la entrada.

      Un saludo,
      Ruth.

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