27 May Diccionario de inglés jurídico: M&A process
¿Sabes cuánto puede durar un proceso de M&A y qué fases atraviesa? ¿Conoces los documentos que se firman y los compromisos que se adquieren en cada una de esas fases? En esta entrada te lo explicamos, desgranando su terminología e implicaciones. Sigue leyendo.

AVISO: Esta entrada ha sido redactada íntegramente por humanos, sin la asistencia de inteligencia artificial alguna. El resultado es fruto de nuestra propia investigación y de la experiencia acumulada en casi veinte años traduciendo documentos relacionados con la materia. Si existe algún error, se debe exclusivamente a sus autores, pero no encontrarás alucinaciones.
Los procesos de fusiones y/o adquisiciones de empresas (M&A) son operaciones complejas y, con frecuencia, largas.
Pueden prolongarse en el tiempo unos meses o durar varios años, dependiendo del negocio que se pretenda adquirir y de la complejidad de la operación.
Los acuerdos de M&A son un viaje largo y tortuoso en el que es preciso atravesar distintas etapas para poder culminarlo con éxito.
En este artículo vamos a analizar brevemente esas etapas y su terminología legal característica, aportando nuestras propuestas de traducción al español.
Fases del proceso
Podemos hablar de distintas fases en un proceso de M&A, fases que serán diferentes si lo abordamos desde una perspectiva empresarial, estratégica, fiscal, financiera o legal. Nosotros nos centraremos en esta última.
Teniendo en cuenta la parte legal del proceso, estas podrían ser las fases más importantes:
- Firma del acuerdo de confidencialidad (NDA);
- Realización de la due diligence;
- Carta de compromiso (letter of intent o LoI);
- Firma del contrato (signing);
- Periodo interino (interim period);
- Cierre (closing).
Vamos a examinarlas ahora con algo más de atención.
Acuerdo de confidencialidad (NDA)
Antes de intercambiar información sensible sobre la empresa que se pretende adquirir (target), las partes querrán asegurarse de que esa información no va a ser divulgada ni se hará pública. Para ello firmarán un contrato de confidencialidad (Non-disclosure Agreement o NDA).
El NDA es un contrato y, por lo tanto, vinculante (binding) para quienes lo firman, en el que se deja bien claro que ninguna de la información compartida durante el proceso puede ser revelada a terceros (third-parties) ajenos a la operación. Suelen firmarlo tanto el vendedor (seller) como el comprador (buyer), así como sus asesores legales y financieros (legal and financial advisors).
Desde el punto de vista del comprador, el NDA sirve para proteger sus intereses evitando que se conozca su participación en un proceso de compra de otra empresa, lo que podría alertar a sus competidores o a las autoridades de la competencia antes de tiempo.
Desde el punto de vista de la sociedad vendedora, el NDA es aún más importante, ya que pondrá a disposición del comprador información muy sensible sobre su negocio (de tipo contable, legal, financiera y de mercado). Esto supone un gran riesgo, por lo que dicha información debe mantenerse siempre como confidencial, evitando que llegue a sus competidores. Tampoco le interesa que sus empleados sepan que se encuentra inmersa en un proceso de venta, ya que esto podría provocar la fuga de talento o una disminución de la productividad en la plantilla actual.
Due Diligence
Una vez firmado el NDA, la sociedad compradora puede acceder ya a la información económica y comercial de la sociedad objetivo (target) a fin de conocer su valor real y poder fijar un precio de compra objetivo. Se inicia así el proceso de due diligence.
En algunos países traducen el término inglés due diligence por diligencia debida. Nosotros pensamos que, en este caso, no procede traducirlo, ya que es práctica común entre juristas y financieros españoles utilizar el término en inglés.
Conocer el estado real de las cuentas de la empresa objetivo, su endeudamiento, sus clientes y el valor de sus activos resulta esencial para poder hacer una valoración de la empresa y ofrecer un precio de compra que se ajuste al valor real de lo que se pretende adquirir.
La información más importante que se desea examinar se ubicará en una sala cerrada denominada sala de datos (data room) a la que, durante algunas semanas o a veces meses, accederán los representantes del comprador.
En esta sala estarán disponibles los registros contables (accounting records), los contratos más relevantes con clientes y proveedores (main contracts with clients and suppliers), la información de los empleados (employees’ information), registros legales o de litigios (legal history), documentación sobre derechos de propiedad industrial (IP documentation) y todo lo que el comprador solicite.
El acceso a esta sala se custodia celosamente y solo se concede a un grupo muy limitado de personas compuesto, generalmente, por los asesores legales y financieros de la sociedad compradora. La sala de datos también puede ser virtual (Virtual Data Room o VDR). Existen empresas especializadas en proporcionar acceso seguro a toda esta documentación que se sitúa en una nube encriptada.
Valoración de la empresa (Valuation)
Al finalizar la due diligence, los asesores del comprador están en disposición de fijar una cifra de compra que se ajuste bastante a la valoración real de la empresa. En torno a esa cifra se fijará el precio de la operación.
Existen muchos métodos para llegar a esa valoración del precio objetivo, pero se trata de una cuestión más financiera que legal sobre la que no nos vamos a detener en este momento.
Carta de compromiso (Letter of Intent o LOI)
Una vez que el comprador dispone de una valoración real de la empresa, está en condiciones de presentar una oferta inicial para comenzar las negociaciones, oferta que se materializará en una carta de compromiso o de intenciones (letter of intent o LOI).
La carta de intenciones no es un contrato, sino una propuesta para firmar un futuro contrato de compraventa, pero debe incluir ya algunos elementos esenciales como el precio de adquisición (purchase price), la forma de pago (payment terms), las garantías exigidas, el cronograma de la operación (transaction timeline) y otras condiciones que resulten importantes para el comprador.
A pesar de no ser un contrato vinculante, la carta de intenciones suele incluir algunos compromisos, como el de exclusividad (exclusivity) del vendedor, quien debe comprometerse a que, durante el proceso de negociación tendente a que se formalice la venta, no negociará con nadie más.
Otro compromiso con frecuencia incluido en la LOI es el de la break-up fee. Se trata de una comisión de ruptura o penalización por ruptura que se deberá pagar en caso de que la operación no llegue a buen puerto por razones imputables a una de las partes. La parte responsable del fracaso de la operación deberá abonar esta suma, lo que seguramente hará que se implique en el éxito de la misma.
Aunque la carta de intenciones esté lejos de ser el contrato definitivo, se considera el momento de la verdad. A partir de su firma es difícil que la operación se tuerza si no se producen circunstancias relevantes que afecten negativamente a alguna de las partes.
Firma (signing), periodo interino (interim period) y cierre (closing)
La operación concluye (aparentemente) con la firma del contrato de compraventa (purchase agreement). La firma del contrato (signing o execution) marca el final del acuerdo y el comienzo de la transmisión de la titularidad de la empresa desde la vendedora a la compradora.
Pero esa transmisión de la titularidad no suele ser inmediata, es decir, no se produce en el mismo momento en que se firma el contrato, sino que a menudo se difiere a un momento posterior denominado el cierre (closing). Esto es así porque es necesario confirmar la satisfacción de determinadas condiciones sin las cuales la operación no será viable, como: aprobaciones regulatorias (regulatory authorizations), entrega del precio de compra (price delivery), aprobación de la financiación por las entidades financiadoras, si las hay, incluso, en algunas ocasiones, se necesita recabar el consentimiento de determinados clientes clave (key customer consents).
La aprobación de las autoridades de la competencia es un requisito esencial, especialmente en el caso de public M&A, lo que puede hacer que el cierre se dilate en el tiempo o incluso llegar a frustrar una operación. Pensemos en la fusión de dos grandes empresas que operan en un mismo mercado y que da lugar a una concentración limitadora de la competencia. En ese caso, la operación puede ser rechazada por las autoridades antimonopolio. En otros casos, la operación podría no rechazarse, pero la autoridad de la competencia podría imponer condiciones a la fusión que hicieran que esta dejase de ser interesante para la sociedad compradora.
El tiempo que va desde la firma del contrato de compraventa hasta que se materializa el cierre definitivo de la operación se conoce como periodo interino (interim period). Se trata de un momento complejo en la gestión de la sociedad target que estudiaremos con más detalle en otra entrada.
Una vez que termina el periodo interino y se han cumplido las condiciones y las acciones del cierre, se confirma la transmisión de la propiedad y concluye el proceso de M&A, al menos desde el punto de vista legal.
Si necesitas traducir documentación relativa a un proceso de M&A y quieres traducciones de las que te puedas fiar (libres de alucinaciones), será un placer ayudarte. Solo tienes que contactar con nosotros.
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