14 Mar Give, devise and bequeath
Volvemos a analizar hoy otra de esas maravillosas y enrevesadas fórmulas rituales del inglés jurídico que seguro que has leído mil veces. Pero ¿sabes lo que significa en realidad? Te lo contamos todo en esta entrada.
Todo lo que tiene que ver con los testamentos y la transmisión mortis causa de la propiedad (es decir, la transmisión hereditaria) es complejo.
Tanto en inglés como en español hay un montón de términos y conceptos oscuros que nos hacen dudar.
Pero es que, además, el inglés jurídico en esta materia está lleno de frases rituales, arcaísmos y palabras de origen latino y francés.
Tal como explica Daniel Williman (aquí), durante siglos la protección de las últimas voluntades y de los testamentos (last Will and testament) en Inglaterra fue una cuestión celosamente custodiada por los tribunales eclesiásticos (church courts) y regida por le Derecho canónico (Canon Law).
Todo esto ha cambiado mucho en la actualidad, pero los términos que los juristas anglosajones emplean en los testamentos todavía contienen una gran cantidad de conceptos arcaicos y términos confusos.
Sentido general de la frase
Es fácil encontrar la fórmula Give, devise and bequeath en multitud de textos jurídicos, especialmente, como es lógico, en los testamentos.
He aquí un ejemplo tomado de un testamento que tradujimos hace no demasiado tiempo:
I GIVE, DEVISE AND BEQUEATH all my real and personal estate of whatsoever nature and wheresoever situate (including any property over which I may have a general power of appointment or disposition by Will) to my Trustees…
En este caso, la fórmula aparece, además, en mayúscula, para resaltar todavía más su carácter ritual. Aunque no parece necesario enfatizar más el carácter arcaico de esta frase.
Puede decirse, sin demasiado riesgo de equivocación, que se trata de una expresión redundante que podría traducirse muy bien de una forma mucho más simple como la siguiente:
Dejo/lego todos mis bienes de cualquier clase y donde quiera que se encuentren…
Como muchos de los tripletes (expresiones fijas formadas por tres palabras) del inglés jurídico, este tampoco tiene un significado especial.
No obstante, conviene conocer el significado preciso de los términos que componen este triplete, por si en alguna ocasión dicho significado pudiera ser relevante o el redactor del testamento los estuviera utilizando en su sentido más estricto.
Vamos a analizar ahora cada uno de estos términos por separado.
Give
Poco hay que decir sobre este verbo, pues tiene también aquí el sentido habitual del lenguaje ordinario.
Se refiere a «dar» (I give = yo doy), solo que en el lenguaje tradicional del Derecho sucesorio empleamos con mayor frecuencia los verbos «dejar» o «legar» en español.
Devise
Williman nos dice que esta palabra proviene del verbo divide (dividir) y que se utilizaba para referirse a la transmisión hereditaria de los inmuebles (real estate), que normalmente tendrían que dividirse entre los herederos, tal vez de ahí su origen.
Rebecca Jowers nos recuerda (aquí) que, en puridad, un devise (cuyo verbo sería to devise) es un legado testamentario de bienes inmuebles, y que al beneficiario de este legado se le denomina devisee.
Bequeath
Volviendo a Williman, el autor nos aclara que esta palabra proviene de be + cwethan que en inglés antiguo significaba «hablar a» o «declarar» la última voluntad, es decir, transmitir esta última voluntad de una forma oral, no escrita.
Más tarde pasó a emplearse para referirse a los bienes muebles (movables) dejados en testamento. Así, a bequest sería un bien mueble o lo que, como señala Jowers, se conoce más modernamente en inglés como a testamentary gift o personal property, excluyéndose generalmente de esta categoría al dinero dejado en herencia.
En este mismo sentido podrás ver también otro término arcaico para referirse a lo mismo que es el de chattels.
Conclusión
Para terminar, cabe decir, siguiendo una vez más a Jowers, que los términos devise y bequest se emplean normalmente con el mismo sentido, especialmente en los Estados Unidos, mientras que en el inglés británico se mantiene cierta diferenciación. La razón apuntada por la autora podría ser el hecho de que el Uniform Probate Code estadounidense emplee el termino devise para referirse tanto a los bienes muebles como a los inmuebles (Section 1-201 General Definitions-10).
Otros autores como Peter Tiersma nos advierte (aquí) también del exceso de ampulosidad de esta fórmula y apunta que párrafos como este:
I give, devise and bequeath all of rest, residue and remainder of my property which I may own at the time of my death, real, personal and mixed, of whatsoever kind and nature and wheresoever situate, including all property which I may acquire or to which I may become entitled after the execution of this will, in equal shares, absolutely and forever, to ARCHIE HOOVER, LUCY HOOVER, his wife, and ARCHIBALD HOOVER, per capita, to any of them living ninety (90) days after my death.
Podrían resumirse perfectamente diciendo tan solo:
I give the rest of my estate in equal shares to Archie Hoover, Lucy Hoover, and Archibald Hoover, assuming they survive me by at least 90 days.
Fuentes:
- Jowers, Rebecca. Terminology of Testamentary Gifts (“devise,” “bequest,” “legacy”). En: https://rebeccajowers.com/2018/01/16/terminology-of-testamentary-gifts-devise-bequest-legacy/
- Tiersma, Peter. The Nature of Legal Language, http://www.languageandlaw.org/NATURE.HTM
- Williman, Daniel, LEGAL TERMINOLOGY. AN HISTORICAL INTRODUCTION TO THE TECHNICAL LANGUAGE OF LAW http://www.corsanoandwilliman.org/latin/work/legalterminology.htm#ch15
Trinidad
Posted at 15:02h, 31 octubreHola me gustaría saber si conocen un equivalente jurídico para mixed property en español?
Entiendo que son bienes con características tanto de mueble como de inmueble (dan como ejemplo una lápida, el título de una propiedad, reliquias familiares, etc.)
De las clasificaciones de bienes lo único más similar que encuentro (revisando caso a caso cada ejemplo) sería inmuebles por destinación o inmuebles por radicación, pero son clasificaciones que no se aplican a todos los casos que se dan como ejemplos.
Sería genial si pueden ayudarme.
Traducción Jurídica
Posted at 10:15h, 02 noviembreHola, Trinidad:
No creemos que exista en Derecho español ningún concepto parecido. Sí que es verdad que determinados bienes muebles (como una puerta) se convierten en inmuebles cuando se instalan en un edificio (se denominan bienes inmuebles por uso), pero, que nosotros sepamos, no se denominan como mixtos. Aunque existan semejanzas, no busques nunca paralelismos totales entre el Commos Law y nuestro Derecho. Te dejamos este artículo, por si te sirve de aclaración:
https://jorgemachicado.blogspot.com/2013/08/bbb.html
Un cordial saludo,
Ruth.