11 Oct Diccionario de inglés jurídico: pledge
¿Sabrías traducir correctamente este sustantivo del inglés jurídico? ¿Y cuándo es un verbo o un adjetivo? Su traducción no es tan simple. Te lo contamos en esta entrada.
Podrás verlo traducido como compromiso, promesa o garantía.
Estas traducciones pueden valer en un contexto periodístico o más general. Pero no en un contexto puramente jurídico.
Pledge = prenda.
Hasta aquí todo bien (si es un sustantivo).
Pero no se trata de una prenda de vestir, claro, sino de algo muy diferente. Un concepto jurídico complejo que conviene que conozcas para que puedas interpretarlo correctamente.
Además, se traduce de forma diferente cuando se usa como verbo o como adjetivo.
No, no es «prendar», aunque la RAE lo recoja en su diccionario como la acción de tomar en prenda. Ni «prendado», eso es otra cosa.
Vamos a verlo.
Etimología
Parece que el término pledge llegó al inglés medio (Middle English) para designar a la «persona que actuaba como garante de las obligaciones de otra». Este es el sentido arcaico del término que hoy ya no se usa. Pero nos da algunas pistas válidas.
Lo más seguro es que llegase procedente del francés antiguo o anglonormando (plege) y que el francés lo recibiera, a su vez, del latín medieval (plebium).
Significado
Por esta vez no tenemos que irnos al Black’s Law Dictionary para entender el término pledge. El diccionario Merriam-Webster nos da (aquí) varios significados interesantes del término pledge como sustantivo. Estos:
- A bailment of a chattel as security for a debt or other obligation without involving transfer of title.
- The chattel so delivered.
- The contract incidental to such a bailment.
Es decir, se nos describe pledge como el depósito de un bien (a bailment of a chattel) en garantía (as security) del pago de una deuda (for a debt) o el cumplimiento de una obligación (or other obligation), sin que ese depósito suponga una transmisión del título (without involving transfer of title), es decir, sin la transmisión de la propiedad de ese bien dado en garantía.
Observa, además, que se habla de security (garantía real), no de guarantee (garantía personal). Luego iremos con eso, que es importante.
La segunda acepción lo define como el bien entregado en garantía (the chattel so delivered) y la tercera como el contrato relativo a dicho depósito (the contract incidental to such a bailment).
Pues ya lo tenemos. Esto es una prenda en sentido jurídico.
La prenda en Derecho
La prenda es un derecho real (del latín res/rei = cosa; es decir, un derecho que se adquiere sobre una cosa física) de garantía que, como dice el Código Civil español (art. 1857), se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación principal.
La cosa entregada en garantía tiene que ser un bien mueble, porque, si fuera un inmueble, a ese derecho real lo llamaríamos hipoteca.
Una de las peculiaridades de la prenda es el «desplazamiento posesorio», es decir, se entrega la cosa dada en prenda al acreedor, quien la retiene hasta que se salda la deuda o se cumple la obligación.
Pero solo se entrega la posesión, no la propiedad. No hay transmisión de propiedad en la prenda, ya que la propiedad sigue siendo del deudor (aunque físicamente la tenga el acreedor). Sin embargo, también existe lo que se llama «prenda sin desplazamiento», que es cuando el dueño del bien dado en prenda lo conserva en su poder (como en el caso de maquinaria pesada o bienes difíciles de desplazar).
Pues ya sabemos que pledge es prenda y también sabemos lo que es una prenda en Derecho.
Qué pasa con el verbo
Pero (to) pledge se emplea también como verbo. Y ya te dijimos antes que no debías traducirlo como prendar. En español es algo más complejo que en inglés. El verbo (to) pledge hace referencia a la acción de dar algo en prenda, o constituir una prenda, y eso se denomina «pignorar» en español jurídico.
Para entender por qué se dice así en español debemos acudir (una vez más) a la etimología de la palabra española prenda, que proviene del latín pignora, que es el plural de pignus (garantía o fianza). Con esta misma raíz encontramos la palabra empeño (in pignus).
Por lo tanto, podemos traducir el verbo (to) pledge como dar [algo] en prenda o pignorar [algo]. Nunca prendar, aunque lo diga la RAE. Y cuando encontremos que [something] is pledged, lo traduciremos como que [algo] está pignorado.
Cuando funciona como adjetivo pasa algo parecido. Lo veremos ahora.
Términos derivados
Existen algunos términos derivados de pledge, de uso común en los documentos que hablan de esto, que también presentan ciertas dificultades de traducción. Como estos:
- Pledgee: se trata del acreedor prendario o acreedor pignoraticio (one with whom a pledge is deposited).
- Pledgor: se trata del deudor prendario o deudor pignoraticio (one who gives a pledge to another). También puedes verlo escrito como pledger.
- Pledge of shares: pignoración de acciones.
- Pledged assets: activos pignorados.
- Negative pledge: sobre esto hemos escrito ya en el blog (aquí).
Son solo algunos ejemplos, pero esperamos que te sirvan.
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