06 Nov Problemas de estilo en la traducción de contratos: el caso del verbo (to) agree
Queremos abordar hoy en esta entrada uno de esos asuntos que a algunos traductores les parecen de menor importancia, pero que nosotros pensamos que tiene más de la que se le suele dar: la fluidez y la buena redacción en los contratos traducidos del inglés.
Los lenguajes de especialidad
Como traductores especialistas en traducción jurídica, traducimos y revisamos todos los meses un buen número de contratos redactados originalmente en inglés. El lenguaje empleado en estos documentos tiene las características propias de un lenguaje de especialidad (o «tecnolecto», como dicen los lingüistas) que es necesario conocer. Algunas de esas características son propias de la lengua inglesa en general y otras de la jerga jurídica anglosajona en particular. Con frecuencia observamos que los traductores jurídicos (al menos los buenos) prestan mucha atención a los términos y a los tecnicismos empleados en el contrato y tratan de traducirlos con el mayor cuidado posible, buscando conceptos y términos equivalentes en nuestro Derecho. Sin embargo, al centrarse casi exclusivamente en la terminología, suelen prestar menor atención al estilo y a la redacción del documento traducido. El resultado es, a menudo, un texto correcto y bien traducido pero difícil de leer en el cual, en lugar de avanzar, te tropiezas con las palabras. El lector se da cuenta inmediatamente de que está ante una traducción. Con suerte la traducción reflejará adecuadamente el significado de los términos más importantes empleados en el texto original, pero de una forma farragosa y alambicada, producto de copiar la redacción del original y de no emplear el tiempo y la dedicación necesarios para cuidar el estilo. Estos problemas de redacción no son una mera cuestión estética, sino que al dificultar la lectura se dificulta también la comprensión del texto
La reiteración
Una de las características del lenguaje jurídico anglosajón es la reiteración. El inglés, en general, no rechaza la reiteración terminológica, pudiendo emplear una palabra tres o cuatro veces en una misma frase sin que ello suponga un problema. En el inglés jurídico, además, la reiteración se considera una garantía de exactitud y se emplea para evitar confusiones de términos o conceptos. La idea es buena y coherente con la finalidad de este lenguaje de especialidad y, en ocasiones, no tendremos más remedio que reproducir esas reiteraciones para evitar posibles equívocos. Sin embargo, el traductor que traduce al español ha de ser consciente de que nuestra lengua no es partidaria de la excesiva repetición de una palabra dentro de una misma frase, lo que se considera un problema de estilo. Por ello, en muchas ocasiones donde es posible el uso de un sinónimo o de pronombres sin alterar el significado, deberemos emplearlos con el objetivo de producir un texto fluido y fácil de leer.
Nuestro amigo y traductor médico, Pablo Mugüerza, lo explica estupendamente en su «Decálogo del traductor de protocolos de ensayos clínicos» de esta forma:
El español en general y el español científico en particular abominan de las repeticiones. Para eso, entre otras cosas, se inventaron los pronombres y los sinónimos. Úsalos con libertad y profusión, pero en ningún caso compliques el texto al hacerlo ni pierdas un ápice de naturalidad y sencillez.
El decálogo se refiere a la traducción médica, pero pensamos que aplica a la perfección a la traducción jurídica.
El caso del verbo (to) agree
El caso que hoy tomamos como ejemplo es el del verbo (to) agree que, como es lógico por otra parte, aparece hasta la saciedad en los contratos. Este verbo puede traducirse en español de múltiples formas y el español jurídico admite, al menos, tres variantes que son absolutamente intercambiables y equivalentes en significado: acordar, pactar y convenir. Por lo tanto, pensamos que es recomendable alternar el empleo de estos tres verbos a lo largo del contrato, ya que, de lo contrario, vamos a incurrir en el problema que hemos señalado antes.
Un ejemplo
Para poner un ejemplo concreto nos fijaremos en la expresión the Parties agreee (…) que, si el contrato es un poco largo, podremos encontrar entre 100 y 200 veces a lo largo del mismo (sin exagerar nada). Si dentro de un mismo párrafo traducimos tres o cuatro veces seguidas dicha expresión como «las Partes acuerdan (…)», el texto resultante va a ser pesado, reiterativo y cansino, si se nos permite la expresión. En este caso, dado que el significado va a permanecer inalterado, recomendamos alternar traducciones como «las Partes acuerdan (…)», «las Partes pactan (…)» y «las Partes convienen (…)». De la misma forma, cuando encontremos el sustantivo agreement referido a los acuerdos adoptados por las partes dentro del contrato (no al nombre del contrato en sí), podemos traducirlo como «acuerdos» o «pactos». De hecho, existe una cláusula típica denominada Other Agreements que en los contratos españoles suele denominarse «otros pactos» y no «otros acuerdos».
El caso que hoy hemos estudiado es solo un ejemplo de uno de los problemas de estilo típicos de la traducción jurídica, al que pensamos que conviene prestarle algo más de atención.
Fuentes:
Borja Albi, A. (2000). El texto jurídico inglés y su traducción al español. Ariel Lenguas Modernas. Primera edición. Barcelona.
Müguerza, P. (2012). Manual de traducción inglés-español de protocolos de ensayos clínicos. Fundación Dr. Antonio Esteve. Barcelona.
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