
11 Sep 5 riesgos de utilizar contratos anglosajones en España
Los sistemas jurídicos basados en el Common Law tienen características que los hacen muy diferentes al nuestro en muchos aspectos, por lo que hay que tener un especial cuidado a la hora de utilizar contratos basados en sistemas Common Law y conocer los riesgos a los que nos podemos enfrentar. Hoy queremos compartir contigo algunos de estos riesgos.
Muchas empresas españolas se ven obligadas a firmar o utilizar contratos redactados en inglés. A menudo nos llaman porque necesitan traducir estos documentos a nuestro idioma para utilizarlos en nuestro país. Se trata, generalmente, de documentos redactados en inglés por abogados de origen anglosajón, por lo que responden a las peculiaridades del Common Law. Su traducción es muy compleja desde el punto de vista conceptual, pero aún lo es más desde el punto de vista de su validez en nuestro ordenamiento.
A continuación te presentamos los principales riesgos que conlleva el uso de este tipo de contratos.
1. Una mala traducción
Algo que puede hacer fracasar todo el proyecto, incluso antes de empezar, es una traducción de baja calidad.
English is easy to learn up to a certain level but mastering the language is extremely difficult.
Dicen los nativos de lengua inglesa que su idioma es relativamente fácil de aprender hasta cierto nivel, pues su gramática y su sintaxis son relativamente sencillas, pero dominar la lengua, y más si se trata de un lenguaje de especialidad como el lenguaje jurídico, es una tarea extremadamente difícil que requiere muchos años y dedicación.
Por eso, la traducción de un documento tan delicado como un contrato no puede hacerla cualquiera. Si piensas que el director comercial o alguien del departamento de administración que «saben» inglés pueden encargarse de ello, estás en un error.
La traducción de documentos jurídicos es una actividad muy compleja. Implica poseer un profundo conocimiento de la lengua y del Derecho anglosajón, así como del Derecho español, para saber qué conceptos e instituciones jurídicas son equivalentes, y qué otros son absolutamente diferentes. Una mala traducción puede dar al traste con todo el proyecto, e incluso causarte serios problemas legales.

2. Legislación aplicable y sumisión a los tribunales de otro país
Los contratos redactados originalmente en otro país suelen contener cláusulas de legislación aplicable y sumisión a los tribunales de dichos países. En el supuesto de que la prestación de los servicios o la venta de los productos se vaya a realizar en España, estas cláusulas desplazarían a la legislación española en beneficio de las mencionadas, salvo en lo relativo a normativa imperativa.
Este aspecto puede resultar perjudicial para el cliente español, pues se verá sometido a una normativa que desconoce y, en caso de conflicto, deberá acudir a los tribunales de otro país. Todo ello puede hacer que algunos clientes se resistan a firmar dichos contratos o a someterse a tales condiciones.
3. Exclusiones de responsabilidad
El Derecho anglosajón suele ser bastante más permisivo que el nuestro en lo que se refiere a la posibilidad de que las partes excluyan su responsabilidad de una forma muy amplia, cosa que el Derecho español, más garantista y protector, no contempla.
Encontramos a menudo en estos contratos cláusulas como la siguiente:
The Service/Product is made available on an “as is” basis without warranty of any kind including, without limitation, any implied warranties of merchantability or fitness for a particular purpose.
Que lo que viene a indicar es que el Producto o Servicio en cuestión se pone a disposición del Cliente «tal como está», y sin prestar garantía de ningún tipo como, por ejemplo, la garantía implícita de calidad o adecuación para un propósito en particular.
Este tipo de cláusulas dejan abierta la puerta a un posible incumplimiento justificado por parte del vendedor, y podrían ser consideradas abusivas a tenor de la legislación española y europea.
4. Propiedad intelectual
También es frecuente encontrar cláusulas como ésta:
The Customer acknowledges that this Service/Product is the property of XXX and is protected under local copyright laws and international copyright treaties.
La legislación civil española dispone que los derechos de propiedad intelectual e industrial se protegerán dentro del territorio español de acuerdo con la ley española, sin perjuicio de lo establecido por los convenios y tratados internacionales en que España sea parte.
Sin embargo, la citada cláusula no nos aclara cuáles son esas «leyes locales», si lo son las españolas o las del lugar donde se redactó originalmente el contrato, lo que puede dar lugar a problemas de interpretación.

5. Protección de datos
Otro aspecto importe a tener en cuenta es el relativo a la recogida y tratamiento de datos personales por parte del vendedor. La legislación española es taxativa en este aspecto, sin embargo, algunos de estos contratos no incluyen ninguna previsión al respecto.
Estas son solo algunas de las muchas cuestiones problemáticas que pueden aparecer al utilizar en España un contrato redactado en otro país. Debes tener muy en cuenta las implicaciones legales de estas cláusulas y recabar el asesoramiento lingüístico y jurídico necesarios para evitar riesgos que pongan en peligro el proyecto y tu empresa.
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Roser Bosch
Posted at 10:56h, 11 septiembre¡Muy interesante! Es un claro ejemplo de “localización”, en que no basta traducir el documento sino hacerlo revisar por juristas españoles. Muchas empresas parecen ser totalmente inconscientes de ello.
Traducción Jurídica
Posted at 16:36h, 11 septiembreGracias por tu comentario, Roser. Efectivamente, es un ejemplo de “localización” que implica mucho riesgo si se hace mal. Poco a poco, hay quien se va dando cuenta de ello.
Un saludo,
Ruth.