
06 Ago Diccionario de inglés jurídico: Right, Title, and Interest
La semana pasada leímos este interesante artículo en el blog de Ken Adams (aquí) y nos acordamos de la petición que hace unos meses nos hizo nuestra amiga y colega Marta López de Eguilaz. Marta nos pedía que habláramos de esta «coletilla» propia del inglés jurídico que encontraba a menudo en los contratos. Lo cierto es que teníamos aparcada la propuesta (lo sentimos, Marta) pues no disponíamos de demasiada información al respecto. El artículo de nuestro admirado Ken Adams nos ha dado la oportunidad de analizar la expresión y saldar nuestra deuda. Vamos allá.
La expresión right, title, and interest aparece con frecuencia en muchos contratos, especialmente en contratos comerciales y de cesión de derechos de propiedad intelectual. A simple vista parece un tecnicismo, es decir, uno de esos conceptos con una especial trascendencia jurídica que conviene respetar y traducir de una forma muy fiel. Sin embargo, tal como dice Adams, no es más que una «expresión inflada propia de la jerga legal cuyo único fin es el de hacer la prosa jurídica suficientemente sonora». Y continúa diciendo que, el hecho de que sus tres elementos se repitan invariablemente en el mismo orden es un signo de que su función es la de una especie de «mantra» y no tiene efectos sustantivos.
Dobletes y tripletes
Se trata, por tanto, de lo que se denomina en lingüística un «triplete», es decir, una expresión formada por tres palabras que se repiten tradicionalmente en el mismo orden para reforzar una determinada idea. Sería algo así como si para expresar que aceptamos el contenido de un contrato dijéramos «sí, sí y claro que sí».
Los dobletes (expresiones compuestas por dos palabras) y los tripletes (compuestas por tres) son expresiones características del inglés jurídico, consolidadas a lo largo del tiempo por su uso continuado, y que sirven para reforzar ese carácter solemne y arcaico del lenguaje de los juristas. Lo más habitual, sin embargo, es que los términos que los componen no tengan distintos significados, sino que simplemente, en su conjunto, formen expresiones redundantes.
Ya hemos hablado en este blog de algunos dobletes famosos (abajo tienes los enlaces). Aquí te dejamos también otros ejemplos de dobletes y tripletes típicos del inglés jurídico:
Dobletes:Able and willing (capaz y dispuesto)
Terms and conditions (términos y condiciones) Agree and acknowledge (aceptar y reconocer) Indemnify and Hold Harmless (exonerar de responsabilidad) |
Tripletes:Cancel, annul and set aside (cancelar, anular y dejar sin efecto)
Form, manner and method (forma, manera y método) Give, devise and bequeath (dejar en testamento) Hold, posses and enjoy (tener la posesión y el disfrute) |
Los traductores podemos optar por traducirlos de una forma literal o simplificarlos al trasladarlos a nuestro idioma.
Volviendo a right, title, and interest
Algunos se empeñan, sin embargo, en buscarle tres pies al gato tratando de encontrar significados diferentes en cada uno de los elementos del triplete. Adams cita esta definición de la expresión right, title, and interest que proporciona Brian Garner (editor del Blak’s Law Dictionary) en su libro Garner’s Dictionary of Legal Usage y que es la siguiente:
Right, title, and interest. This phrase, one of the classic triplets of the legal idiom, is the traditional language for conveying a quitclaim interest.… Technically, only one of the three words is necessary, as the broad meaning of interest includes the others: though you can have an interest without having title and perhaps without a given right, you cannot have title or a right without having an interest.
Vemos, por tanto, que el término interest es el más amplio y engloba los conceptos de right y title, por lo que repetirlo íntegramente resulta redundante.
Adams confirma la definición aportada por Garner añadiendo varias citas jurisprudenciales que refuerzan esta postura (In re Baldwin’s Estate, 21 Cal. 2d 586, 591, 134 P.2d 259, 263, 1943; Dennison v. N. Dakota Dep’t of Human Servs., 2002 ND 39, ¶ 13, 640 N.W.2d 447, 453). Y continúa señalando que, aunque la expresión tuviera su origen en la renuncia a un derecho de propiedad (quitclaim), hoy podemos encontrarla en todo tipo de contratos, llegando a convertirse en una auténtica pesadez. Por esa razón recomienda a los juristas que utilicen solo el término interest para expresar el mismo significado.
Nuestra propuesta de traducción
Esperamos que todo lo que acabamos de ver te ayude a entender mejor esta expresión cuando te la encuentres en algún contrato redactado en inglés. Como ves, la cosa es algo más simple de lo que parece. Por si todavía no tienes claro cómo traducirla, te dejaremos un par de párrafos donde nos la hemos encontrado últimamente y te ofrecemos nuestra propuesta de traducción. Aquí va el primero.
Proprietary Rights. The Distributor acknowledges that it does not and will not acquire any rights, title or interest in the trade name or trademarks of XXX. | Derechos de propiedad. El Distribuidor reconoce que no adquiere ni adquirirá ningún derecho de propiedad [interés] en el nombre comercial ni en las marcas de XXX. |
Y otro ejemplo todavía más enrevesado con dos tripletes, por si uno no fuera suficiente:
Ownership. Customer hereby conveys, assigns, and transfers to XXX all right, title and interest that Customer may have in such works. | Propiedad. El Cliente cede a XXX todos los derechos de propiedad [intereses] que pueda tener en dichas obras. |
Otro día hablaremos el término interest que, desde luego, da para una entrada o varias.
Fuentes:
– Adams, Ken. “Right, Title and Interest”. En el blog Adams on Contract Drafting. Publicado el 30 de julio de 2015.
– Black’s Law Dictionary. West, 9th ed. 2009 (GARNER, Brian A).
– Oxford Dictionary of Law. Oxford: Oxford University Press, 7th ed. 2009 (MARTIN, Elisabeth A.).
– Diccionario de términos jurídicos: inglés-español, español-inglés. Barcelona: Ariel, 2003. (ALCARAZ VARÓ, Enrique y HUGHES, Brian).
Ana Silva Dias
Posted at 15:38h, 11 septiembreThank you very much for this article! I’ll be a faithfull follower from now on (I am sorry I am not writting in Spanish, but even though I understand it when written or spoken, I can’t really express myself in writing in your beautiful language.)
Best Regards,
Ana Dias
Traducción Jurídica
Posted at 08:57h, 13 septiembreHola, Ana:
Muchas gracias por tus amables palabras. Encantados de tenerte entre nuestros seguidores.
Un cordial saludo,
Ruth.
Fernando González (DIALOC)
Posted at 00:38h, 19 noviembreBuenas:
Muy interesante este artículo, al que he llegado buscando solución para una duda. Interesante como todo lo que se publica aquí.
Muchísimas gracias por compartir.
Fernando
Traducción Jurídica
Posted at 09:05h, 19 noviembre¡Muchas gracias, Fernando, por tus amables palabras!
Nos gusta saber que los contenidos que compartimos son útiles para los compañeros.
Un abrazo,
Ruth
aldo Valarezo
Posted at 00:58h, 15 mayoThanks for all. This is my first time that I tray to know about the subjet Greetins from Ecuador. At. Aldo Valarezo
Traducción Jurídica
Posted at 07:50h, 16 mayoThanks to you, Aldo, for following us.
Kind regards,
Ruth
Stefanía
Posted at 13:19h, 15 noviembreMuy interesante la info que comparten.
La verdad es que estoy incursionando en la traducción jurídica y todos estos datos e información me son muy útiles.
¡Gracias!
Virginia Pérez
Posted at 07:44h, 14 abrilMuy interesante, gracias. Para mí la dificultad que plantea el triplete es qué preposición le ha de seguir. “En” funciona con “interés”, ¿pero a “derecho de propiedad” no debería seguirle “sobre” (derecho de propiedad sobre el nombre comercial)? Gracias y saludos
Hector Andres Moran Barroso
Posted at 13:45h, 11 diciembreHola, muy interesante, pregunta, ¿Es recomendable como práctica reducir los dobletes y tripletes?, encuentro muchos y a veces parece que con una sola palabra se resuelve el tema.
Traducción Jurídica
Posted at 15:49h, 15 diciembrePues no hay una sola respuesta válida. En algunos casos se podrán reducir a una palabra, en otros no. Son decisiones de traducción que deben tomarse atendiendo a cada caso concreto, la finalidad de la traducción, el destinatario, etc…
Javier Daniel Aguilera Villaseñor
Posted at 13:36h, 25 julioMuchìsimas gracias, Ruth y Fernando; Fernando y Ruth por haberme considerado, tomado en cuenta, incluìdo, agregado,, etc., en vuestro interesante vlog; Todas las lecciones (para mi lo son) son muy ilustradoras. Debo decirles sin embargo, que yo estoy en ceros en cuestiones de conocimiento acerca del Derecho, pero me ha sido de mucho provecho. Les estoy sumamente agradecido a ambos y les pido que no dejen de incluirme en sus siguientes o posteriores publicaciones. Les abrazo respetuosamente.