La traducción en los divorcios transfronterizos

Como cualquier abogado que se dedique al Derecho de familia sabe muy bien, todo proceso de divorcio suscita siempre múltiples problemas y, cuando se trata de divorcios transfronterizos la cosa se complica todavía más.

Algunos de los problemas más habituales que surgen entre los cónyuges en un proceso de divorcio tienen que ver con cuestiones tales como la custodia de los hijos (child custody), el régimen de visitas (rights to visitation), la pensión compensatoria (maintenance, spousal support o alimony), el derecho de alimentos (child support) o el reparto del patrimonio familiar (division of property).

Pero, cuando los cónyuges son de diferentes nacionalidades o alguno de ellos reside en un país diferente tras la separación o el divorcio la cosa se complica aún más, ya que, es muy posible que al procedimiento en cuestión deban aplicársele diferentes legislaciones.

En los casos de divorcios transfronterizos, los abogados necesitarán con frecuencia traducir un gran número de documentos, bien para que sean firmados por las partes o para presentarlos ante los tribunales, lo que dará lugar a una necesaria colaboración entre el abogado y un traductor experto en Derecho.

La complejidad de los divorcios transfronterizos

Recientemente, uno de nuestros clientes nos solicitó la traducción de una gran cantidad de documentación relacionada con un procedimiento de divorcio transfronterizo, y ello nos ha dado la oportunidad de reflexionar sobre la complejidad de estos procesos.

Las dificultades para los abogados radican, no solo en el idioma, sino en las grandes diferencias que existen en la regulación del matrimonio y del divorcio entre nuestro sistema jurídico y, por ejemplo, los de los países anglosajones.

En el caso al que nos referíamos, el divorcio se produjo entre un ciudadano británico y una ciudadana española. El abogado de una de las partes nos solicitó, incluso, la traducción de una buena parte de la ley británica que regula el proceso de divorcio (Matrimonial Causes Act 1973) para poder entender qué partes de la misma resultaban aplicables al caso. Con toda esta información fresca trataremos de ofrecer, en éste y en próximos artículos, un breve panorama sobre las diferencias existentes en la regulación de los procesos de divorcio transfronterizos España – Reino Unido (divorce proceedings).

Ley aplicable y jurisdicción competente

Una de las primeras cuestiones que se plantean en un divorcio transfronterizo es cuál debe ser la ley aplicable (applicable law) al caso y la jurisdicción competente (competent jurisdiction) para decidir sobre el mismo: ¿será competente el juez del lugar de última residencia de los cónyuges?, ¿Aquel donde contrajeron matrimonio?, ¿El del país de origen de la madre y los hijos? ¿O el de la actual residencia de uno de los esposos?

No es raro que el cónyuge que inicia el proceso, normalmente bien asesorado, elija para interponer la demanda de divorcio (divorce petition) el país cuya legislación resulte más favorable para sus intereses, dando lugar a lo que se conoce como selección de jurisdicción (forum shopping).

En estos casos, las partes suelen recurrir a un perito (expert) experto en Derecho de familia (family law) o en Derecho internacional privado para que emita un dictamen jurídico (legal opinion) sobre la competencia de los tribunales y la legislación que procede aplicar al caso concreto. Cada parte presenta su correspondiente dictamen ante el juez que considera competente para que éste decida si debe o no asumir la competencia del caso.

No vamos a entrar aquí a describir qué ocurre si los dos jueces, o ninguno de ellos, se declaran competentes para juzgar el caso, pues el tema de los conflictos de jurisdicción en el ámbito internacional es una materia muy extensa que queda fuera del propósito de este artículo.

Un ejemplo

Sin embargo, para ilustrar la complejidad del asunto pensemos en un caso nada infrecuente: dos ciudadanos británicos que se han casado en el Reino Unido, allí han convivido durante el matrimonio y han tenidos hijos; tras un periodo de separación se divorcian en Inglaterra, pero la residencia habitual de la madre y de los hijos en ese momento es España. Aquí nos encontramos con dos jurisdicciones competentes y dos legislaciones aplicables a diferentes aspectos del caso.

En cuanto al divorcio y la división de los bienes familiares será de aplicación el Derecho inglés y competentes los tribunales de Inglaterra en virtud de la nacionalidad de los cónyuges pero, en lo que se refiere al derecho de alimentos de la mujer y los hijos, la competencia corresponde a los tribunales españoles y la legislación aplicable será la española en virtud de la aplicación del artículo 3 del Protocolo de La Haya de 23 de noviembre de 2007 sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias y del Reglamento (CE) nº 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos.

Fuentes:

Alcaraz Varó, E. (1998). El inglés jurídico: textos y documentos. Tercera edición. Ariel Derecho, Barcelona.

Couples Europe. Portal de la Unión Europea sobre el Derecho aplicable a las parejas en los Estados de la UE. Disponible en línea en: http://www.coupleseurope.eu/es/united-kingdom/topics/ [Última consulta: 29 de diciembre de 2012].

Matrimonial Causes Act 1973. Disponible en línea en: http://www.legislation.gov.uk/ukpga/1973/18 [Última consulta: 29 de diciembre de 2012].

Protocolo sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias del 23 de noviembre de 2007. Disponible en línea en: http://www.hcch.net/index_es.php?act=conventions.text&cid=133 [Última consulta: 29 de diciembre de 2012].

 

No Comments

Post A Comment