22 Feb La división de la propiedad y el derecho de alimentos en el Derecho inglés
¿Quieres conocer mejor cuáles son las consecuencias económicas del divorcio en el Derecho inglés? ¿Has oído hablar alguna vez de las ancillary relief? En esta entrada nos ocuparemos de desvelar todas estas cuestiones.
La ley inglesa que regula la distribución de los bienes (division of property) del matrimonio en caso de divorcio es la Ley de Causas [o Procedimientos] Matrimoniales de 1973 (Matrimonial Causes Act 1973). La segunda parte de dicha Ley es la que se ocupa de las consecuencias económicas del divorcio.
Los artículos 23 – 24B de la misma confieren a los tribunales ingleses, como ya hemos dicho en artículos anteriores, facultades discrecionales para dictar una serie de órdenes (conocidas como ancillary relief) relacionadas con el reparto de bienes tras el divorcio.
Medidas de carácter económico
Algunas de estas órdenes, o medidas de carácter económico a adoptar por el tribunal, pueden ser las siguientes:
- Ordenar a una de las partes efectuar un pago a tanto alzado en favor de la otra (orders for lump sum payments).
- Ordenar a una de las partes efectuar pagos periódicos en favor de la otra (orders for periodical payments).
- Ordenar medidas que garanticen los pagos anteriores.
- Ordenar la transmisión o liquidación de los bienes mediante la venta de los mismos (transfer or settlement of property with consequential orders for sale).
- Ordenar la distribución de los planes de pensiones (pension-sharing).
- Ordenar la modificación de los acuerdos prenupciales o post-nupciales suscritos por los cónyuges (orders for variation of ante-nuptial or post-nuptial settlements).
Particularidades del Derecho inglés
Es importante destacar, una vez más, la amplia discrecionalidad (wide discretion) de la que gozan los tribunales ingleses para determinar qué órdenes deben dictar en el marco de un proceso de divorcio (divorce proceedings) con el fin de asignar los bienes familiares (family assets) de una manera justa y equitativa. Como se ha mencionado anteriormente, el Derecho inglés no tiene un concepto de régimen económico matrimonial aplicable a partir de la fecha del matrimonio, por lo que el tribunal no está limitado por las reglas de dicho régimen a la hora de decidir el reparto de los bienes. Los acuerdos pre-matrimoniales tienen un valor evidencial, pero tampoco son vinculantes para el tribunal.
Todo esto provoca que existan grandes dificultades para identificar en las medidas económicas adoptadas por el tribunal cuáles pertenecen al derecho de alimentos (denominado maintenance o spousal/child support) y cuáles a los derechos patrimoniales derivados de la relación matrimonial, lo que sí resulta fácil en los sistemas del Derecho civil, y ello supone una dificultad añadida a la hora de trasladar dichas medidas al español.
Limitaciones
La capacidad de los tribunales para adoptar las anteriores medidas se encuentra limitada, sin embargo, por una serie de principios recogidos en el artículo 25 de la Ley de Causas Matrimoniales de 1973, siendo el bienestar de los hijos del matrimonio que no hayan alcanzado la edad de 18 años la primera consideración a valorar. El artículo 25 señala que el tribunal deberá tener en cuenta:
(a) los ingresos (the income), la capacidad de obtener ingresos (earning capacity), los bienes (property) y otros recursos económicos (other financial resources) que cada una de las partes tenga o pueda tener en el futuro;
(b) las necesidades económicas, obligaciones y responsabilidades (the financial needs, obligations and responsibilities) que cada una de las partes del matrimonio tenga o pueda tener en el futuro;
(c) el nivel de vida (the standard of living) de que gozaba la familia antes de la ruptura del matrimonio;
(d) la edad (the age) de cada uno de los cónyuges y la duración (duration) del matrimonio;
(e) cualquier discapacidad física o mental (physical or mental disability) de las partes del matrimonio;
(f) las aportaciones (contributions) que cada una de las partes haya hecho o es probable que haga en el futuro al bienestar de la familia, incluyendo el cuidado del hogar (looking after the home) o el cuidado de la familia (caring for the family);
(g) el valor de los beneficios (benefits) como, por ejemplo, pensiones (pension) que alguno de los cónyuges pudiera perder por razón del divorcio.
Conclusión
Esta amplia discrecionalidad conferida a los tribunales, la inexistencia de un régimen económico matrimonial previo y la escasa distinción entre medidas relativas al derecho de alimentos y a los derechos patrimoniales son las principales diferencias entre el procedimiento de divorcio en España y en Inglaterra.
Teniendo todo esto en cuenta, resulta muy difícil predecir, en un caso de divorcio seguido al amparo de la legislación inglesa, cuál será el resultado de la sentencia de divorcio (divorce decree) y cuál será la cuantía de la indemnización.
Fuentes:
- Alcaraz Varó, E. (1998). El inglés jurídico: textos y documentos. Tercera edición. Ariel Derecho, Barcelona.
- Couples Europe. Portal de la Unión Europea sobre el Derecho aplicable a las parejas en los Estados de la UE. Disponible en línea en: http://www.coupleseurope.eu/es/united-kingdom/topics/
- Marín Pedreño, C. (Dawson Cornwell) y Cooper, S.L. (Thomar More Chambers). Ideas básicas sobre Derecho de familia en Inglaterra y Gales. Conferencia pronunciada en el I Encuentro de Abogados Británicos y Españoles. Málaga, 10 de mayo de 2010.
- Matrimonial Causes Act 1973. Disponible en línea en: http://www.legislation.gov.uk/ukpga/1973/18
Lucía
Posted at 01:31h, 25 eneroBuenas noches,
Lo primero, darles la enhorabuena y las gracias por los artículos tan interesantes y útiles de su blog.
Soy alumna de Traducción e Interpretación y enfrentándome a un texto de clase (en el contexto del derecho de familia -divorcio, separación, nulidad-) me surge la duda de si lo que en castellano podemos encontrar como consecuencias patrimoniales de un divorcio o separación se refiere a la distribución de los bienes de la que se habla en este artículo y cuál sería el equivalente inglés o la traducción que mejor se ajustaría a este concepto.
Muchas gracias por su ayuda.
Traducción Jurídica
Posted at 13:15h, 25 eneroSí, eso es, Lucía. Gracias por tus palabras sobre nuestro blog.
Un saludo,
Ruth.