12 Ago Los orígenes de la Equidad
El concepto que estudiaremos hoy tiene que ver con uno de los significados del término Equity, al que aludimos en una entrada anterior titulada «Una primera aproximación al concepto de “Equity”» y nos sirve para dar continuación a la anunciada serie de artículos sobre dicho término.
El concepto de Equity, entendido como una rama del Derecho anglosajón, tiene su origen en el siglo XV. Dos siglos antes, se había establecido en Inglaterra el nuevo sistema legal instaurado por Enrique II para unificar el Derecho aplicado en todo el país, que, por este carácter común a todas las zonas pasó a denominarse Derecho común (Common Law). Con el tiempo, sin embargo, los tribunales encargados de aplicar este sistema común comenzaron a presentar ciertos problemas como la lentitud, el coste excesivo de sus procedimientos y un carácter demasiado técnico en sus resoluciones. Por eso, como muchos ciudadanos veían que sus reclamaciones (grievances) no encontraban una adecuada satisfacción ante dichos tribunales, continuaba en paralelo la vieja costumbre de pedir justicia directamente al rey (Petition the King). El rey era la fuente de la que emanaba toda la justicia, por eso los ciudadanos acudían directamente a él en ciertas circunstancias apelando a la conciencia del rey (king’s conscience) o a su misericordia (king’s mercy).
Durante un tiempo, el rey pudo atender directamente estas peticiones, hasta que fueron demasiadas y comenzó a dirigírselas a su canciller (Chancellor) quien, por delegación del rey, podía decidir en los casos que le presentaban. El canciller del rey era considerado el guardián de su conciencia (the keeper of the king’s conscience). Éste era, normalmente, un clérigo con conocimientos de Derecho que asesoraba al rey en otros muchos asuntos. Con el tiempo se puso en marcha un tribunal especial (the Court of Chancery) para tratar estas peticiones. El Canciller decidía los asuntos en base a su propia conciencia o a lo que él consideraba moralmente justo (morally right), sin sujetarse a las estrictas reglas del precedente que iban desarrollando los tribunales ordinarios. Aplicaba su sentido individual de justicia, pero tratando de no caer en la arbitrariedad, sino teniendo en cuenta ciertas máximas o principios de equidad (equitable maxims). Sus soluciones eran siempre, como es lógico, mucho más flexibles o «creativas» que las de los tribunales ordinarios y eran muy apreciadas. Si a alguna institución actual queremos compararlo, podría asimilarse a una especie de arbitraje resuelto en base a principios del Derecho natural.
En 1474, el Court of Chancery se independiza totalmente de los tribunales del Common Law y deja de ser una jurisdicción delegada por el rey. Se establece, en dicho momento, como un sistema judicial independiente, paralelo y alternativo. Desde entonces y hasta 1873, este tribunal desarrolló, a través de su jurisprudencia, muchos conceptos legales que hacen tan peculiares a los sistemas legales anglosajones. Uno de ellos es el concepto de Trust (del que ya hemos hablado en esta serie de artículos), los equitable remedies (aquí), o el de equity of redemption (del que hablaremos en una futura ocasión), y muchos otros.
En el siglo XIX, como decíamos, el Court of Chancery pierde su independencia y se integra en los tribunales ordinarios por efecto de una importante reforma legal incluida en la «Judicature Act 1873». Para dicha fecha, este tribunal había comenzado ya a adolecer de los mismos defectos que dieron lugar a su nacimiento, es decir: extrema lentitud de sus procesos, un coste muy elevado al prolongarse durante años y una dosis demasiado alta de arbitrariedad. Ésta es la razón por la que el Parlamento decide integrar los dos sistemas.
La fusión de los dos sistemas judiciales no hace, sin embargo, que se pierdan sus desarrollos. Los conceptos y las soluciones jurídicas elaboradas por este tribunal a lo largo de su historia siguen siendo aplicados por parte de los tribunales. Su doctrina y jurisprudencia pasan a aportar una dosis de flexibilidad e innovación al sistema del precedente desarrollado hasta entonces por los tribunales ordinarios (Courts of Law). Hoy en día perduran muchas de estas elaboraciones y son enormemente apreciadas por abogados y jueces.
Artículos relacionados:
Una primera aproximación al concepto de «Equity».
Los equitable remedies en los contratos.
Fuentes:
- Cartwright, J. (2007). Contract Law. Oxford and Portland, Hart Publishing.
- Hazel Genn, Adam Geary. (2013). English Common Law: Structure and Principles. University of London. International Programmes. Curso en línea vía Coursera.
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