Algo se mueve en la abogacía

Parece que algo se mueve entre abogados y juristas en lo que se refiere a sus relaciones con traductores e intérpretes. Hace dos meses enviamos, sin demasiada convicción, es verdad, un artículo elaborado por Fernando sobre el valor probatorio de documentos traducidos a la revista del Consejo General de la Abogacía. Para nuestra sorpresa, nos respondieron enseguida con entusiasmo diciendo que les interesaba mucho el tema. Es más, nos explicaron que tenían otra propuesta de colaboración sobre interpretación en tribunales y que querían publicar ambos artículos juntos, en su próximo número, a modo de sección dedicada a la traducción e interpretación judicial, pues era un tema de mucha actualidad. Y así ha sido. Ayer se publicó en Internet el último número de la revista «Abogacía», que se distribuye de forma impresa entre todos los abogados colegiados de España. En dicho número se incluye el artículo de Fernando y, a continuación, otro firmado por Teresa Sans (intérprete jurado y miembro de la junta directiva de AICE) titulado «¿Qué intérprete me llevo a juicio?» en la página 32.

Parece que, efectivamente, algo está cambiando en este colectivo. Sus clientes y asuntos se han internacionalizado y su colaboración con traductores e intérpretes es cada vez más frecuente y necesaria. Esperamos que ambos artículos contribuyan a dar a conocer nuestro trabajo y a que los profesionales del Derecho valoren las implicaciones de la labor que desarrollan los lingüistas en el devenir de los procesos judiciales. Esperamos que os guste el artículo y estaremos encantados de conocer vuestra opinión.

Os dejamos el enlace de la revista:

«La validez de documentos traducidos ante los tribunales», página 30.

2 Comments
  • Luisa Calatayud
    Posted at 10:23h, 12 julio Responder

    Fernando, me ha encantado tu artículo.

    En el caso de las traducciones, en muchas ocasiones los abogados no las hacen juradas para “ahorrarse” el coste de la misma. Como puede ser privada, mientras no se la impugnen… A mí sí que me han venido abogados pidiéndomela de antemano y, cuando les he advertido de que no es imprescindible que sea jurada y les he explicado el caso (creo que es importante que conozcan las alternativas), siempre me han dicho que prefieren curarse en salud, no vaya a ser que se la impugnen y se demore el juicio (con los consiguientes costes que eso implica).

    En cuanto a la interpretación (de la que se habla en el artículo siguiente al tuyo), en las VIII Jornadas de Traducción Jurídica de la Universitat Jaume I de Castellón se habló del asunto de las interpretaciones en juicios, que también tiene tela. Contamos con la presencia de dos intérpretes que trabajan en plantilla en el TSJ de la Comunidad Valenciana y les estuvimos comentando las malas prácticas de la empresa que tiene adjudicados esos servicios en esta región. De hecho, incluso vino una representante de esa empresa y lo paso francamente mal con nuestros comentarios. ¿A qué conclusión llegamos (o al menos llegué yo)? A que les resulta más cómo adjudicarlo a una empresa porque así pueden demorar el pago. Comentaron que había casos en los que el retraso era de cuatro años. Claro, así no hay intérprete que trabaje.

    • TraduccionJuridica.es
      Posted at 13:21h, 12 julio Responder

      Muchas gracias, Luisa, por tu comentario sobre el artículo. No podemos estar más de acuerdo con tu postura. Es mejor hacer las cosas bien desde el principio para luego no tener que lamentarse. Y muchas gracias también por tu aportación sobre el congreso de Castellón. Nos hubiera encantado poder asistir.

      Un cordial saludo,

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