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Interpretación
La actividad de los despachos españoles se ha vuelto cada vez más internacional. La presencia de empresas españolas en el exterior y de empresas extranjeras en España, así como el número de ciudadanos de otros países que residen aquí, hacen que los abogados deban enfrentarse hoy a múltiples problemas relacionados con el idioma que hace algunos años eran anecdóticos. En muchas ocasiones necesitan trabajar con profesionales de la lengua (intérpretes y traductores) en estrecha colaboración. La actuación de los intérpretes en los tribunales es, tal vez, la parte más visible de esta nueva realidad. Pero, la interpretación no es el único servicio lingüístico requerido por los abogados y por la administración de justicia. ¿Qué pasa con la traducción escrita de aquellos documentos y pruebas que han de ser aportados en juicio? No es raro que los letrados se pregunten a menudo si deben traducir o no un determinado documento para aportarlo en un proceso acompañando a sus escritos de demanda o contestación, o si esta traducción debe o no ser jurada. La respuesta no es fácil, dado que no existen normas claras o directrices jurisdiccionales al respecto.
Vamos a tratar de analizar aquí el problema de la traducción escrita de documentos desde la perspectiva de la jurisdicción civil, dado que en los procesos penales (donde prima la oralidad de las actuaciones) el problema se centra más, como ya hemos señalado, en la labor de los intérpretes. Además, es dentro de la jurisdicción civil y, especialmente, en materias de derecho mercantil y de familia, donde se plantea con mayor frecuencia la necesidad de traducir documentos y escritos.