13 Sep El «Common Law» en los Estados Unidos
Todo el mundo sabe que Estados Unidos es un país Common Law, pero ¿sabes por qué su sistema jurídico pertenece a esta tradición y no a otra? ¿Conoces sus peculiaridades y sus diferencias respecto al Derecho inglés? En esta entrada te lo contamos.
Más de una vez te hemos hablado en este blog sobre el Common Law (por ejemplo, aquí y aquí). También hemos hablado sobre las familias del Derecho que existen en el mundo, por lo que seguro que ya sabes que el Common Law y el Derecho Civil (o Derecho de origen romano-germánico) son las dos más importantes.
Hoy queremos dedicarle un poco de atención a otro país del Common Law: los Estados Unidos de América. En esta entrada nos centraremos en hablarte de sus orígenes y de la recepción del Common Law en dicho país.
Como traductores especialistas en inglés jurídico llevamos algo más de 15 años traduciendo contratos, sentencias, pólizas de seguro y otros muchos documentos procedentes de los Estados Unidos. A lo largo de estos años hemos investigado mucho sobre su Derecho y hemos aprendido algunas cosas que hoy queremos compartir contigo.
Una tradición jurídica común
Los juristas estadounidenses son muy conscientes del origen de su sistema jurídico. El ilustre jurista norteamericano, Roscoe Pound, hablaba así de su Derecho:
Tal vez ninguna otra institución del mundo moderno demuestra tener tanta vitalidad y tenacidad como nuestra tradición jurídica angloamericana que llamamos el common law. En lo esencial, constituye una forma peculiar del pensamiento judicial y jurídico, una manera de tratar problemas jurídicos más bien que un cuerpo definido de reglas determinadas; pero en todas partes acaba por configurar las reglas, cualquiera que sea su origen, en consonancia con sus principios, y logra que estos se mantengan con firmeza ante poderosas tentativas dirigidas a eliminarlos o superarlos.
Como has podido comprobar en esta cita, también se sienten especialmente orgullosos de la tradición a la que pertenecen.
La recepción natural del Derecho
Como bien sabes, los Estados Unidos de América, o una parte de ellos, fueron colonias británicas antes de alcanzar la independencia. En otras partes del país existían diferentes asentamientos franceses y españoles.
Inglaterra llevó su lengua y su cultura a las trece colonias situadas en la costa este de Norteamérica, y también exportó su Derecho.
Las trece colonias británicas que más adelante reclamarían su independencia recibieron de una forma natural el sistema jurídico de la madre patria, y con él todo el acervo de soluciones judiciales creadoras de Derecho (el case law).
Los jueces que servían en los tribunales de la Corona situados en Norteamérica aplicaban, como no podía ser de otra forma, las leyes de Gran Bretaña y el precedente judicial contenido en los Law Reports británicos. De la misma forma llegó a las colonias la doctrina de los comentaristas ingleses.
Graham Hughes habla de la gran influencia que tuvo la obra de William Blackstone en los Estados Unidos y cómo sus Comentarios a las Leyes de Inglaterra tuvieron una enorme popularidad entre los juristas de las colonias norteamericanas.
En el año 1779, ya en plena guerra de la independencia, se fundó en el estado de Virginia la primera universidad en la que se enseñó Derecho (Derecho inglés, obviamente): la William & Mary Law School. En esta escuela de Derecho, fundada gracias al empeño del entonces gobernador de Virginia, Thomas Jefferson, los primeros juristas estadounidenses estudiaban las obras de Coke y Blackstone.
Independencia: rechazo o aceptación
Pero ¿y qué pasó inmediatamente después de la independencia? Algunos piensan que lo normal hubiera sido que los colonos rechazasen el Derecho inglés, al igual que rechazaron la autoridad de la Corona británica sobre su territorio.
Los países dominantes suelen utilizar el Derecho y las leyes para imponer su autoridad sobre los territorios colonizados, cosa que también hizo Inglaterra. Razón por la cual los colonos podían muy bien haber rechazado el Derecho inglés.
El apoyo de Francia y España durante la guerra de la independencia y los asentamientos que estos dos países poseían en Norteamérica, donde se aplicaba también su Derecho, podían haber contribuido a que el nuevo país se decantase por recibir un sistema jurídico de tipo continental.
Sin embargo, no fue así, el Common Law triunfó en la nueva nación.
Los Padres Fundadores (Founding Fathers) tenían muy arraigada en su conciencia la idea de un pueblo libre y soberano. Esa idea de libertad, no solo individual sino también colectiva era, sin duda, herencia directa del constitucionalismo británico y también adaptación de las nuevas ideas ilustradas de Rousseau, Montesquieu y otros filósofos franceses del siglo XVIII.
Como señala Hughes, los Founding Fathers eran juristas formados en la tradición británica y concebían el Derecho (el Common Law heredado de la madre patria), como un sistema legal destinado a proteger los derechos individuales y las libertades fundamentales frente a la intromisión excesiva del soberano.
Las luchas políticas mantenidas un siglo antes en Inglaterra entre el Parlamento y la monarquía, que terminaron con el triunfo del primero, calaron fuertemente en sus corazones. Hughes continúa destacando lo siguiente:
Este aspecto ideológico tuvo una gran influencia en la guerra de la independencia de las colonias americanas frente a Inglaterra. Los americanos invocaron sus derechos derivados del common law frente a la prerrogativa real, y no se veían a sí mismos como rebeldes, sino como defensores de las verdaderas y mejores tradiciones de su herencia inglesa. Los derechos y privilegios que posteriormente se incorporaron a la Constitución de los Estados Unidos, como el requisito general de que nadie puede ser privado de su vida, de su libertad o de sus bienes sin ser sometido a un proceso judicial con las debidas garantías, pueden encontrarse ya en la Carta Magna y en los principios generales del common law.
Americanización del Derecho inglés
Otro jurista estadounidense, Bonfield, nos cuenta que, tras la revolución y la posterior independencia, el Common Law británico fue «americanizado». Los nuevos estados lo recibieron en su Derecho interno en la medida en que no chocaba con sus nuevas leyes y constituciones recién aprobadas.
El mismo autor destaca cómo tras la independencia continúa en los Estados Unidos la misma dinámica legal y el mismo procedimiento de razonamiento jurídico empleados en Inglaterra en la creación del Derecho jurisprudencial. Los jueces y abogados de la nueva nación recibieron el legado británico del Common Law y lo emplearon para resolver los casos que tenían entre manos, adaptándolo, cuando era necesario, a las condiciones económicas y sociales de la nueva nación.
La recepción del Common Law británico no fue, sin embargo, homogénea en todos los estados. Cada uno de ellos lo recibió y adaptó de una forma particular y en una medida diferente. Durante el siglo XIX asistimos, además, a una intensa actividad legislativa de los estados americanos, diferente en cada uno de ellos, que fue transformando poco a poco este legado.
Fuentes utilizadas:
- Bonfield, Lloyd, (2006), American Law and the American Legal System, Minnesota, Thomson – West (p. 23).
- Hughes, Graham: Common Law Systems, en Fundamentals of American Law, coord. Morrison, Alan B. (2000), obra colectiva, Nueva York, Oxford Univertity Press y New York University School of Law (pp. 11 – 13).
- Pound, Roscoe (1954), El Espíritu del “Common Law”, Barcelona, Editorial Bosch, (p. 17). Traducción de la obra original del autor (The Spirit of the Common Law), realizada por José Puig Brutau.
Silvana
Posted at 16:54h, 12 septiembreMuy interesante, justo es lo que vengo estudiando.
Jacob
Posted at 01:45h, 25 agostoMe fascina esto, pero sé que en mi estado, Utah, hay mucho menos influencia del Common Law que en otros estados, tales como Maine, Virginia, o lo demás de Nueva Inglaterra. Cuando hablamos del Common Law aquí en Utah, todos ni saben de lo que se trata, solamente los que estudian el derecho tienen alguna idea de lo que es y cómo se aplica. Pero muy interesante y sé que tiene mucho que ver con el marco legal en que nos encontramos actualmente en los EEUU.