
25 Ene Diccionario de inglés jurídico: jerga jurídica
¿Sabes qué es eso que los traductores denominamos “jerga jurídica”? ¿Conoces sus características y cómo traducirla de la forma correcta? En esta entrada te lo contamos.
Este artículo pretende ser la segunda parte de un resumen.
Pues menudo resumen si tenéis que hacerlo en dos partes, pensarás.
Pues sí, un resumen un poco largo.
Pero es que la conferencia de la que proviene dio para mucho.
Fue algo más una hora de formación intensiva que impartimos en la conferencia anual de ATA63 en Los Ángeles.
Conferencia que, por cierto, obtuvo un 80 % de calificaciones “Excellent” y un 20 % “Good”.
Aquí puedes ver la primera parte, por si te interesa: Tecnicismos y jerga jurídica (I).
Pues vamos ya con la segunda parte.
Qué es la jerga
Una jerga es un lenguaje especial que se usa entre personas de un mismo oficio, actividad o grupo social.
Afecta, fundamentalmente, al léxico y está formada por arcaísmos, neologismos, tecnicismos o por procedimientos metafóricos y otros recursos similares.
Se busca hacer irreconocibles las palabras de la lengua común para convertirlas en identificativas del lenguaje de ese grupo profesional.
Algunos ejemplos
Estos son algunos ejemplos de los problemas más habituales de la jerga jurídica anglosajona. Si hay un enlace es que ya hemos escrito sobre ellos en este blog (haz clic y podrás ver la entrada completa):
- Falsos amigos: offence, termination, affirmation.
- Arcaísmos: Known all men by these presents.
- Latinismos: et sequentes (et. seq.), inter alia (i.a.).
- Palabras de origen francés: force majeur, plaintiff.
- Términos sin equivalencia jurídica: equity, trust.
- Dobletes y tripletes: terms and conditions; right, title and interest.
Durante la charla explicamos con mayor detalle el doblete Indemnify and hold harmless y cómo traducirlo adecuadamente al español (lo puedes ver en esta entrada).
Frasecitas indescifrables
La jerga jurídica anglosajona está llena de frases hechas acuñadas por los juristas a lo largo de los siglos. La mayoría de ellas son formas pomposas, redundantes y arcaicas de explicar algo simple. Pero otras no.
Muchas de estas frases no tienen verdadero contenido jurídico, son meras fórmulas rituales. Pero hay otras que sí lo tienen. Y esas hay que traducirlas con mucho cuidado o podríamos poner en riesgo la exactitud de nuestra traducción.
Como ejemplos de las que tienen poco o nulo contenido jurídico escogimos estas dos:
Now, this contract witnesses and it is agreed and declared as follows, (…)
IN WITNESS WHEREOF, the parties hereto have caused this Agreement to be duly executed in two counterparts on the date first written above.
Las has podido ver infinidad de veces en los contratos y tan solo sirven para marcar el fin de una sección y dar paso a la siguiente.
Algunas de ellas son problemáticas
Como ejemplo de aquellas que sí tienen un contenido importante (y que con frecuencia se traducen mal al español) escogimos estas:
Notwithstanding anything in this Agreement to the contrary (…)
Subject to Clause 1 above (…)
Hemos encontrado más de un diccionario que traduce de la misma forma notwithstanding y subject to, cuando significan precisamente lo contrario.
Como estas dos expresiones también las hemos analizado detalladamente en el blog, no vamos a copiar aquí toda la entrada. Si quieres descubrir por qué no se parecen en nada (y cómo debes traducirlas), te sugerimos que leas esto:
«Subject to» no es lo mismo que «Notwithstanding»
Sí, lo sabemos, esta entrada está llena de referencias, pero es un resumen. Si quieres tener una idea somera de qué es la jerga jurídica esta información te valdrá. Si quieres saberlo todo (o, casi todo), te sugerimos que amplies lo que quieras haciendo clic en los enlaces que te hemos dejado.
Esperamos que te haya servido.
Si quieres saber mucho más, pero mucho más sobre el lenguaje jurídico anglosajón consulta nuestro programa completo de cursos de formación para traductores (clic aquí 👇).

Ana Habis
Posted at 14:05h, 25 eneroEl curso de Traducción Jurídica me ha sido muy útil. Continuamente sigo las publicaciones de Ruth y Fernando. Muchas gracias.