El término proxy es complejo de traducir, ya que no tiene un equivalente único y directo en español. Algunos diccionarios jurídicos lo traducen como poder, procuración o delegación. No debemos confundirlo, sin embargo, con el poder de representación, para el que en inglés se emplea el término power of attorney. El poder de representación es un mandato, más o menos amplio, por el que una persona faculta a otra para actuar en su nombre de forma general o para un determinado negocio jurídico. Mientras que el proxy es una autorización para votar en nombre y representación de otra persona, generalmente, en una junta de accionistas. Se trata, por tanto, de una autorización mucho más restringida y limitada que, generalmente, se circunscribe al hecho de asistir a una reunión y votar en ella en nombre de otro.

El pasado 30 de mayo tuvimos la oportunidad de impartir un seminario en línea para Asetrad. En él tratamos algunos conceptos propios del Derecho de sociedades angloamericano (Company Law) que no tienen un equivalente claro y directo en Derecho español y plantean, por ello, numerosos problemas a los traductores jurídicos. Analizamos, también, las estrategias de traducción más adecuadas para un traductor profesional y propusimos algunas soluciones fruto de nuestra propia investigación. En esta entrada (aquí) os explicamos ya en qué consistía. Alejandra Sanz nos hizo el honor de incluir en su blog una reseña del seminario y una recopilación de los tuits enviados (que podéis ver aquí).